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11 de octubre | 2023
¡Absolutamente sí! Si eres un trabajador autónomo, también tienes derecho a solicitar una baja por enfermedad, maternidad o incapacidad cuando sea necesario. Muchos autónomos desconocen los detalles sobre cómo solicitar este beneficio esencial porque, claro, hay ciertas condiciones o requisitos que debes cumplir para acceder a sus prestaciones.
Repasa en este post los tipos de baja a los que puedes acceder como trabajador independiente, su duración y una idea de cuánto podrías llegar a percibir. Te ayudará a aliviar tus temores en momentos de enfermedad o lesión, ya que, si no tomas las medidas adecuadas, podrías enfrentarte a serias dificultades económicas. Resulta esencial proteger tanto tu salud como tu bienestar económico en momentos difíciles como estos.
Conoce aquí tus derechos laborales y aprende a solicitar una baja por enfermedad como autónomo.
Todos los trabajadores autónomos tienen el derecho de solicitar una baja por enfermedad o incapacidad si es necesario. El monto mensual que pagas de cuota te otorga ese derecho, pero deberías cumplir estas condiciones:
1) Abonar las cuotas como trabajador autónomo, ya que la prestación por incapacidad temporal está vinculada a las contingencias comunes.
2) Estar dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Además, para solicitar la baja por enfermedad, deben cumplir con otros requisitos:
1) No pueden estar dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta propia.
2) Deben haber cotizado durante al menos 6 meses en los últimos 5 años.
3) Estar al día en los los pagos a las instituciones correspondientes.
Existen varios tipos de bajas laborales para autónomos:
1. Baja por enfermedad común
Esta baja se aplica cuando el autónomo contrae una enfermedad no relacionada con su trabajo. Puede ser una gripe, un virus o una dolencia que te impida trabajar regularmente. La cantidad recibida como prestación es menor a la de otros tipos y depende del tiempo de ausencia de tu trabajo.
2. Baja por enfermedad laboral
Ocurre cuando el autónomo sufre una enfermedad relacionada con su trabajo, como contagiarse durante una reunión de trabajo de un cliente enfermo. La prestación es similar a la baja por accidente laboral, sin requisitos de tiempo.
3. Baja por accidente laboral
Es una de las más comunes entre los autónomos. Se produce cuando el autónomo sufre un accidente mientras realiza sus tareas laborales, como una caída, un golpe o un problema relacionado con el trabajo. También incluye accidentes en el camino hacia la oficina o en viajes de trabajo.
4. Baja por maternidad y paternidad
Estas bajas benefician a los autónomos que se convierten en padres o madres. Ofrecen una prestación más alta, incluyendo 16 semanas de permiso para padres o madres. Las primeras 6 semanas son de obligatorio cumplimiento. Las otras 10 se pueden alternar según las necesidades y requerimientos de los progenitores, durante el primer año de vida del bebé.
Las madres autónomas, además, tienen una bonificación especial en su cuota durante el primer año después de regresar al trabajo. Pueden así acogerse a tarifa plana, pagando 50 euros durante esos 12 meses.
La duración de una baja por enfermedad, para los autónomos, puede ser de hasta un año, con la posibilidad de prorrogarla 6 meses más si fuera necesario. Las leyes laborales establecen que, transcurridos 6 meses sin que se haya producido un alta, tanto el trabajador afectado como la empresa pueden iniciar un proceso de incapacidad permanente.
Si deseas solicitar una baja por enfermedad como autónomo, es recomendable contratar los servicios de un gestor. Sigue estos consejos prácticos si deseas iniciar el procedimiento:
1) Notifica a la Seguridad Social tu baja como autónomo en los primeros 15 días de tu baja. Debes informar en qué situación queda tu negocio tras tu decisión. Puede que alguien te ayude a gestionarlo temporalmente o que cierres de forma temporal.
2) Solicita el formulario de baja a la Seguridad Social o a tu mutua aseguradora y complétalo. Debes incluir tu documento de identidad, el parte médico que certifica la baja y los comprobantes de pago de tus cuotas como autónomo.
La cantidad de dinero que recibirás durante una baja depende del tipo de baja solicitada y su duración, además de tu base de cotización. Cuanto más hayas cotizado, mayor será la cantidad recibida. Esta prestación se calcula como un porcentaje aplicado a tu base de cotización, oscilando entre el 60% para enfermedades comunes y el 100% en casos de maternidad o paternidad.