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21 de julio | 2022
En su objetivo de fomento del empleo, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha regulado diferentes herramientas de ayuda para que los jóvenes se incorporen al mercado de trabajo. Así, las prácticas no remuneradas o prácticas no laborales permiten que estos jóvenes se incorporen a una empresa durante un tiempo (de tres a nueve meses) sin contraprestación económica más allá de una beca o ayuda estipulada.
Las prácticas no remuneradas se basan en un convenio de prácticas. En el post te detallamos los requisitos para solicitar las prácticas no laborales y las diferencias existentes con el contrato de prácticas remuneradas.
Descubre también cómo cotizan las prácticas profesionales no laborales, cuáles son sus beneficios y cómo te pueden ayudar a encontrar el trabajo para el que te has preparado.
Las prácticas no remuneradas son aquellas que realizan los jóvenes para adquirir experiencia, currículum y contactos, pues no conocen el mundo laboral o, en otros casos, presentan problemas para conseguir un trabajo.
También son llamadas prácticas no laborales, pues no existe remuneración económica más allá de un apoyo en forma de beca, cuya cuantía es al menos el 80% del IPREM, que es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Esto es una estipulación de ley.
Se desarrollan en empresas que establecen convenios con los Servicios Públicos de Empleo (SEPE), a fin de apoyar a dicha población juvenil y, al mismo tiempo, descubrir potenciales talentos durante el proceso.
Las condiciones para realizarlas son: tener entre 18 y 25 años, estar inscrito en el SEPE de la Comunidad Autónoma, presentar una titulación oficial universitaria, formación profesional o certificado de profesionalidad.
Se exige que la persona no se haya desempeñado en un mismo puesto por más de tres meses, precisamente porque las no laborales están dirigidas a jóvenes sin experiencia.
Son diferentes las prácticas remuneradas, donde a la persona se le garantiza un pago por sus servicios y se establece una relación laboral.
En todo caso, puedes consultar las bases por las cuales se rigen en el Real Decreto 1543/2011 o el RD 694/2017.
Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Aquellos jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil también podrán hacer sus prácticas no remuneradas, hasta los 25 años pero con excepción de quienes posean alguna discapacidad, para lo cual se admiten hasta los 30 años.
Su atención va dirigida hacia los jóvenes desempleados que terminaron sus estudios, o que no están integrados en los sistemas tradicionales formativos. De hecho, el objetivo es que una vez inscritos puedan obtener una oferta en un plazo estimado de cuatro meses.
Gracias a esta iniciativa europea no solo se puede recibir un contrato de prácticas, sino una llamada para formarse como aprendiz o conseguir un empleo directamente.
La ley estipula que las prácticas no laborales se deben formalizar entre dos partes: la empresa que se suscribió al SEPE y el joven desempleado, ya que son los que mantendrán el contacto directo a través de tutores empresariales.
Incluso, al término de estas la compañía y el SEPE entregarán un certificado donde se mencione el tipo de tareas desarrolladas, los contenidos explicados, la fecha de realización y el tiempo que duró. Características que probarán la experiencia oficial que obtuvo la persona.
Solo se toman en cuenta dos partes porque es la relación existente. Por ejemplo, la empresa puede decidir dar un contrato de trabajo en prácticas o esperar que culmine el período para contratar formalmente. Hay otros entes que firman compromisos de contratación con el SEPE.
Para regular la materia tenemos a disposición el Real Decreto 694/2017, que explica cómo debe ser el Sistema de Formación Profesional en las relaciones de empleo.
El convenio de prácticas es un acuerdo donde se describe cómo se va a desempeñar la persona, dónde, cuándo y por cuánto tiempo; el cual deja claro que no se trata de una relación laboral.
Los implicados – el joven, la casa de estudios y la compañía – puntualizan los cánones tomando en consideración el calendario académico, la fase de exámenes, el desarrollo del año escolar, el enfoque educativo.
Se acuerdan los derechos y deberes del practicante, así como los puntos que debe cumplir la empresa durante y después del ejercicio, como por ejemplo la existencia de un tutor empresarial, la explicación de las labores a realizar, el acompañamiento en la dinámica del lugar y apoyo al becario.
Aunque no se trate de una relación laboral que suponga obligaciones o derechos de ley, sí se estipulan los lineamientos para que cada cual delimite su figura correspondiente.
Contrato en prácticas
Es diferente hablar de un contrato en prácticas, donde se paga y es mayor la formalización, aclarando inclusive si es a tiempo completo, parcial o jornada partida.
Se hace este tipo de contrato de manera remunerada durante la ejecución de la práctica, con miras a que la empresa permita al joven sus programas de capacitación, o que lo prepare para formar parte de la nómina. Podríamos mirarlo a futuro como una potencial oferta laboral.
Las prácticas profesionales no laborales tienen un tiempo definido entre tres y nueve meses, lo cual se considera idóneo tomando en cuenta que no se percibe retribución económica.
Este corto tiempo debe ser aprovechado al máximo por el becario. En primer lugar para ganar experiencia en el área de acción; segundo, para crear su red inicial de contactos en el mundo laboral.
Hay otros puntos fuertes que puedes lograr, aunque sea en unos pocos meses:
• Demostrar tus competencias en ese ámbito.
• Descubrir habilidades escondidas.
• Comenzar a ampliar el curriculum.
• Buscar la oportunidad para ser parte de la compañía.
• Llevar los conocimientos teóricos a la práctica.
• Empezar a tener cualificación.
• Involucrarte en el mundo de las entrevistas laborales, la dinámica de la contratación, que te servirá para luego buscar trabajo.
• Conocer y entablar amistad con personas que podrían convertirse en tu carta de presentación profesional.
En el caso de obtener un contrato de prácticas, es decir, de tipo remunerado, tendrás derecho a cotizar en la Seguridad Social durante el tiempo que señala el acuerdo.
Para ello es necesario tener el convenio de prácticas externas, extracurricular o curricular; un número para cotizar a la Seguridad Social; tu DNI, NIE o pasaporte; devengar una remuneración.
Todo se encuentra regulado por el Régimen General para los Contratos de Formación; tiene un valor estándar que nada tiene que ver con el tiempo de la práctica, ni con el monto de la remuneración.
Después de transcurrido este período tutelado y remunerado, si te desempeñas eficientemente, puedes ser contratado e ingresar finalmente al mundo laboral. En caso contrario, siempre es una gran ventaja tener experiencia práctica, la cual será la base para proponer tu candidatura a otras empresas.